El SII como sus siglas indican es el suministro inmediato del IVA, este paso se realiza telemáticamente a unos servidores de la AEAT.
¿Qué es el SII?
Es un procedimiento más ágil y moderno de gestión telemática u online de los libros contables. A través de la Sede Electrónica de la AEAT, las empresas tendrán que suministrar los registros de facturación (no las facturas) de forma electrónica. Con esta información, la AEAT irá configurando, a tiempo real, los distintos Libros Registro.
Al lío, ¿Como va?
- En primer lugar extraemos los datos del ERP del registro de IVA facturado en los últimos 4-8 dias, estos datos se convierten en un fichero plano o XML homologado por la AEAT.
- Los ficheros se envían a un servidor en el formato homologado, mediante un Web Services de la AEAT.
- La AEAT envía un mensaje de si el fichero es correcto o no en lo que hace a su estructura.
- El web services nos devuelve las facturas que son aceptadas y rechazadas por falta o datos incorrectos.
- Una vez los datos son correctos es archivado con las facturas aceptadas y rechazadas.
- El siguiente paso es el traspaso de los mensajes de respuesta a las tablas del ERP, para tener un seguimiento de que documentos ya han sido enviados y cuales no.
Con esto consiguen tener el detalle de todas las facturas realizadas por una empresa, el SII es solo obligatorio para empresas que facturan más de 6 millones de euros, las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME), las pymes y autónomos que tributen en el régimen especial de grupos del IVA, y de forma totalmente opcional, cualquier otro contribuyente que no reúna los requisitos anteriores podrá acogerse al nuevo sistema.
¿Cuando entra en vigor el suministro inmediato del IVA?
A partir del 1 de julio de 2017, un total de 62.000 empresas estarán obligadas a suministrar sus registros de facturación de forma electrónica.
Ventajas para tu empresa
Dispondrás de más plazo para presentar las autoliquidaciones periódicas, contarás con 10 días adicionales. Ya no será necesario presentar los modelos 340, 347 y 390. Tendrás menores requerimientos de información por parte de la AEAT ya que ahora tendrán al detalle el contenido de las facturas. Se evitarán errores ya que la sede electrónica tendrá los datos fiscales de cada empresa para poder realizar un borrador de IVA y facilitar su declaración.