El Gobierno de España quiere obligar a las empresas a registrar las entradas y salidas de sus empleados. ¿Un paso más para que estas paguen todas las horas extras?
Fichar en el trabajo será obligado. La ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ha confirmado que sacará adelante el registro obligatorio de la jornada laboral en las empresas, pese a la oposición de la CEOE.
En el artículo 34 se especificará cómo registrar la jornada laboral. De manera que el registro de la jornada será diario y deberá incluir el horario concreto de entrada y salida.
Fichar a la entrada y a la salida del trabajo, y conocer mensualmente las horas realizadas. Es el cambio principal que incluye una reforma del Estatuto de los Trabajadores
El Gobierno quiere que todos los trabajadores estén obligados a registrar su entrada y su salida de las empresas, tal y como indica el borrador de la reforma laboral que ha enviado a los sindicatos y a la patronal. Este documento establece que el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores deberá recoger como derecho laboral básico de cada empleado «conocer la duración y la distribución de su jornada ordinaria de trabajo, así como su horario de trabajo».
Según el último borrador que el Ministerio de Trabajo ha transmitido a los sindicatos, la reforma laboral del nuevo Gobierno de Pedro Sánchez supondría la modificación de cuatro artículos del Estatuto de los Trabajadores y también de uno de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social. En el caso de que esta propuesta salga adelante y sea votada en las Cortes, las nuevas medidas que entrarían en el mercado de trabajo en España serían las siguientes:
– Obligatorio fichar. Muchas pequeñas y medianas empresas no cuentan con este tipo de sistemas. Ahora sería obligatorio registrar la jornada de cada trabajador.
– El convenio colectivo será el que establezca el método con el que se llevará un control de las jornadas de trabajo de cada empleado.
– El trabajador tendrá derecho a consultar cada mes su liquidación de horas exactas trabajadas. Los representantes sindicales, además, recibirán la información pormenorizada de cada uno de los empleados de la compañía.
– Horas extraordinarias: El comité de Empresa -representantes de los trabajadores- recibirá mensualmente la relación de horas extraordinarias que ha hecho cada uno de los empleados, así se podrá tener un control también del gasto que se dedica -y comprobar que efectivamente se hace- a estas partidas.